El gobierno chileno se ha rendido a la Sociedad de Derechos de Autor del país (SCD), acordando secretamente la reforma de la ley de Propiedad intelectual, contraria al desarrollo tecnológico del país y a costa de sus ciudadanos.
La ministra de Cultura chilena tuvo que reconocer este acuerdo, antes negado, producido a la carta para complacer a la sociedad, que “ve reforzada derechos de autor vetustos y añejos en detrimento de los derechos del público”.
Esta ley va más allá de las normas españolas sobre el canon y pretende cobrar a las operadoras una cantidad por cada conexión a Internet servida. Un coste que se verá reflejado inexorablemente en el precio de los servicios a la Red.
Otras perlas de la norma prohíbe fotocopiar textos adquiridos legalmente para usos en colegios y universidades y se fuerza a la irrenunciabilidad de los derechos morales sobre las obras, por lo que la SCD seguiría gestionando y cobrando por los derechos, aunque el autor renunciara o liberara los mismos.
Liberación Digital, invitada a participar en la mesa de expertos organizada por el Gobierno para buscar consensos respecto al proyecto de propiedad intelectual, ha abandonado la misma para no formar parte de esa farsa, indicando que “ya no saben quién gobierna el ministerio de cultura, si su actual titular Paulina Urrutia, o el director general de la SCD, Santiago Shuster”, el que dicen es el verdadero artífice de este acuerdo, “a medida de la sociedad de autores y en contra de los ciudadanos chilenos”.
Fuente:
http://www.theinquirer.es/
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Cuento Corto nose puede sacar fotocopias o a puntes para estudiar ni nada
los locales no pueden poner musica o se les cobrara
el precio de la internet va subir para pagar regalias a scd
y a nosotros nos catalogaran a todos como ladrones de musica por el hecho de tener internet y el gobierno dice que no hay derecho a pataleo y a modificacion de los puntos por que ellos apoyan en todo ciegamente a scd
* ARTÍCULO 100. GESTIÓN COLECTIVA
El Gobierno apoyará que la SCD mantenga lucrándose calculando el pago de los derechos sobre la totalidad de los ingresos brutos de los usuarios y no considerando el uso efectivo de las obras utilizadas, tal como hasta el mismo Fiscal Nacional Económico recomendó modificar, porque el actual sistema es contrario a las normas sobre protección de la libre competencia contenidas en el Decreto Ley Nº 211 (Porque la SCD es una ENTIDAD MONOPOLICA).
* ARTICULO 100 BIS. FIJACIÓN DE TARIFAS
Aca se habla de que ocurre en caso que haya conflictos entre cualquier chileno y la SCD para la fijación de tarifas. Para proteger la SCD no se quiere establecer por ley que las tarifas en cuestión sean fijadas de mutuo acuerdo por las partes interesadas, y en su defecto, mediante un Tribunal Arbitral, establecido en este proyecto de ley, a pesar que asi lo recomienda el mismo Fiscal Nacional Económico ¡¡desde 1998!!
* ARTICULO 85 L. OPERADORAS DE INTERNET
Lejos uno de los posibles artículos más populistas. En su afán de lucrarse, quieren cobrarle a las ISP que dan acceso a internet un valor por cada conexión, pues según la SCD TODOS los que tenemos internet pirateamos música, y no cualquier música, sino que la del repertorio que ellos gestionan. Esto, amigos, sería fijar una responsabilidad a las ISP que EN NINGUN PAIS DEL MUNDO está determinado a priori, siendo Chile los primeros en una medida anticonstitucional como esta. Y no es que esté defendiendo a las pobres ISPs , sino a todos los consumidores, porque dicho valor se verá SI o SI reflejado en los precios de acceso a Internet, haciendo AUN MAS CARO y PROHIBITIVO la banda ancha, Y todo porque el gobierno acordó ASEGURAR los ingresos a la monopólica de la SCD.
* ARTÍCULO 71 M, N (yR). FOTOCOPIAS Y USO JUSTO
Con este apoyo del gobierno SE PROHIBE a las bibliotecas reproducir sin pago obras protegidas para uso de colegios o universidades, es decir, que saquen fotocopias de textos adquiridos legalmente, pero para fines académicos. Al mismo tiempo se deja afuera una figura denominada uso justo. La doctrina del uso justo no permite la mera copia del trabajo realizado por otro con el fin de obtener un provecho económico, sino que habilita al uso justo de contenidos protegidos en la medida en que estos usos contribuyan a la sociedad generando innovación, creando nuevas obras o fomentando la discusión pública sobre una obra determinada. O sea la SCD y el Gobierno quieren justamente lo contrario.
* ARTICULO 86. IRRENUNCIABILIDAD
Se refuerza la irrenunciabilidad de los derechos morales sobre las obras. Con esto se dan más garantías a la SCD porque podrían en teoría seguir gestionando derechos a pesar que el autor expresamente los quiera renunciar.
* INDICACIÓN n° 20. COMERCIO
El Gobierno no apoyará una excepción a los derechos de autor en las cual se autoriza a establecimientos comerciales pequeños o en recintos de espera de atención al público para que puedan colocar música o fotogramas (videos) sin pagar derechos de autor. O sea, garantizan a la SCD que NADIE SE SALVE, ni siquiera pequeños negocios.
* SE RECHAZARÁN LAS DISPOSICIONES E INDICACIONES QUE MODIFIQUEN LOS ACUERDOS PREVISTOS EN ESTE DOCUMENTO. AL MISMO TIEMPO, SE RECHAZARÁ INTRODUCIR NUEVOS TEMAS QUE VAYAN MAS ALLA DEL MENSAJE PRESIDENCIAL.
GOBIERNO BIEN CTM EL QUE TENEMOS, PERO PEOR AUN SON LOS QUE LO GOBIERNAN
Saludos
Vhaltazor